Por Karla Ortiz Macías, Vocal del Consejo Directivo Nacional de la Asociación Nacional de Abogados de Empresa, Colegio de Abogados
En los últimos años los contribuyentes hemos vivido un cambio en la actuación de las autoridades fiscales; actualmente advertimos una autoridad que ha reforzado la forma en que lleva a cabo el ejercicio de sus facultades de comprobación, con auditorías mucho más estrictas, detalladas y amplias, en las que ha estado revisando de manera recurrente la materialidad de las operaciones, los pagos realizados al extranjero, operaciones entre partes relacionadas, deducciones de intangibles, de todos los gastos, de pérdidas por créditos incobrables al sistema financiero, de siniestros en el sector de aseguradoras, entre otros temas.
En este tipo de auditorías las autoridades fiscales han estado solicitando una gran cantidad de información, requiriendo en ocasiones que los contribuyentes integren el 100% de todas las partidas revisadas, sin tomar en cuenta la complejidad para aquellos contribuyentes con volúmenes de operaciones muy grandes, tanto por el volumen de operaciones como por cambios en sus sistemas o complejidad en el resguardo de la información. De esta forma, no obstante que los contribuyentes pueden de manera fehaciente comprobar que las operaciones llevadas a cabo son reales, con proveedores reales, a valores de mercado o que se han seguido los procedimientos de ley, lo cual debería ser el objetivo final de la autoridad fiscal —esto es comprobar que se ha estado dando debido cumplimiento a las disposiciones fiscales y legales—, por cuestiones meramente formales se han complicado las auditorías y se pretende el pago de alguna contribución.
En efecto, este tipo de actuaciones crea cierta incertidumbre a los contribuyentes, ya que no obstante en la mayoría de los casos están en la mejor disposición de cumplir con las disposiciones legales, de contribuir al gasto público —lo que quieren hacer de una manera proporcional y conforme a derecho—; sin embargo, en ocasiones las autoridades fiscales dan mayor relevancia a cuestiones formales que al fondo, provocando que estos contribuyentes sientan que se encuentran inmersos en auditorías tormentosas y que están invirtiendo mucho tiempo y recursos, los cuales pudieran ser mejor aprovechados en hacer negocio, generar utilidades y con ello contribuir al gasto público con el pago de más impuestos.
Recordemos que varios de los contribuyentes grandes tienen su casa matriz en el extranjero y están sujetos a reglas y políticas muy estrictas de cumplimiento de la normatividad del país, la no omisión en el pago de alguna contribución e incluso muchas veces a posiciones de no riesgo, por lo que es es poco probable que se encuentren efectuando deducciones indebidas como en los temas antes señalados, o estén dejando de acumular algún ingreso o dejar de pagar algún impuesto. Por tal motivo, considero que para este tipo de contribuyentes las autoridades fiscales deberían priorizar en determinar si se está cumpliendo la ley, tratando de evitar exigencias formales con el ánimo de recaudar alguna supuesta omisión de contribuciones.
Mediante el comunicado 56/2025 publicado el 20 de octubre de 2025, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) señaló que con la finalidad de establecer piso parejo en el cobro de las contribuciones y brindar certidumbre jurídica a los contribuyentes, dio a conocer los criterios de programación de auditorías, señalando que éstas solo serán realizadas a los contribuyentes identificados con conductas de alto riesgo para dejar de pagar impuestos, dejar de enterar retenciones o tratar de obtener saldos a favor ilegales, como el caso de contribuyentes que celebren operaciones con factureras o nomineras, presenten pérdidas fiscales recurrentes, simulen o abusen de deducciones, obtengan ingresos que no son declarados, abusen de estímulos fiscales, presenten inconsistencias entre lo que importan o compran y lo que venden, importen productos con precios por debajo del mercado, no paguen las retenciones de sus empleados, realicen operaciones con paraísos fiscales, soliciten devoluciones improcedentes, etc.
Así las cosas, el SAT señaló que para el año 2026 pretende llevar a cabo la auditoría a 16,200 contribuyentes, lo cual representa el 0.02% del padrón de contribuyentes, siendo dirigido 1,200 a grandes contribuyentes, 12,000 pequeños y medianos contribuyentes y 3,000 a operaciones de comercio exterior.
De esta forma, emitió el comunicado 01/2026 en el que se señala que para dar certidumbre jurídica a los contribuyentes da a conocer las mejores prácticas de transparencia para 2026, como es con la publicación del Plan Maestro 2026, llevar a cabo una sola auditoría por contribuyente; en los procesos de auditoría solicitar muestras de las partidas sujetas a revisión y no el 100% de la información; auditar a los contribuyentes que lleven a cabo conductas consideradas de riesgo por parte del SAT y que se han señalado con antelación.
Coincidente con esto, en el Plan Maestro 2026 publicado en el mes de enero de 2026, se establecieron ciertos criterios específicos en la programación de auditorías a conductas particulares, mismas que coinciden con lo señalado por el SAT, resaltando que las auditorías se enfocarán a quienes presenten irregularidades, no emitiendo actos de fiscalización a quienes cumplen correctamente y en tiempo con sus obligaciones fiscales, así como que las autoridades fiscales requerirán la información y documentación que sea estrictamente indispensable para la ejecución de los actos de fiscalización.
Esto es, conforme a los comunicados emitidos por la propia autoridad fiscal, se ha reiterado que con la finalidad de brindar seguridad y certidumbre jurídica a los contribuyentes, los procesos de auditoría no estarán a cargo de cualquier contribuyente, sino de aquellos que presenten irregularidades; así como que se llevará a cabo una sola auditoría por contribuyente y dentro de las auditorías se requerirá la información y documentación que se considere estrictamente indispensable, pudiendo solicitar muestras de las partidas sujetas a revisión y no así el 100% de su integración, por lo que esperemos que estos criterios de transparencia y programación de auditorías sean cumplidos cabalmente por las autoridades fiscales durante 2026.
Los grandes contribuyentes que efectivamente pagan sus impuestos conforme a la ley necesitan certeza y seguridad jurídica del actuar de las autoridades fiscales, tanto en las auditorías como, en su caso, de las autoridades judiciales en la resolución de controversias.
Conforme a la información de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) dada a conocer por la revista Expansión, al cierre de 2025 el fisco ganó el 55.5% de los procesos definitivos, recuperando el 80% de los recursos en disputa, lo cual representó cerca de 200,000 millones de pesos, siendo que los contribuyentes únicamente ganaron el 32.9% de los juicios.
En este sentido, por una parte la SHCP ha señalado que la autoridad fiscal en la mayoría de los juicios promovidos por los contribuyentes ha obtenido una resolución favorable a sus intereses y, por otra parte, según informe del SAT en el primer mes de 2026, la recaudación tributaria alcanzó la cifra de 595 mil 758 millones de pesos, lo que representa un crecimiento real de 11% en comparación con el primer mes de 2025.
En efecto, ha habido un aumento considerable en la recaudación tributaria además de una tendencia de obtención de resoluciones de juicios a favor del fisco, además de que el monto de los adeudos fiscales que tiene el fisco federal a su favor es 277 veces mayor que todo el presupuesto anual del SAT y de los cuales más de la mitad de éstos son susceptibles a cobro.
Por otra parte, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha comenzado a resolver los asuntos fiscales que heredó del anterior Poder Judicial, siendo que la resolución de estos expedientes además del tema recaudatorio preocupa el tema mediático de un posible deterioro a la inversión, por lo que incluso se ha hablado de que la SHCP ha tenido algunas pláticas con los miembros de nuestro Máximo Tribunal para buscar una “solución salomónica”, lo cual resultaría cuestionable, ya que lo que se busca es una resolución imparcial y conforme a derecho.
Esto es así, que se encuentra pendiente de resolución diversos créditos fiscales y devoluciones de impuestos millonarios de diversas empresas, siendo uno de los tantos temas sujetos a discusión la procedencia del pago de intereses en el caso de que los contribuyentes hubieran pagado algún crédito fiscal que con posterioridad fue declarado ilegal por parte de nuestros Tribunales, lo cual claramente debiera considerarse un pago de lo indebido y que con la reforma al Código Fiscal de la Federación por cuanto al otorgamiento de garantías en el que debe de garantizar los créditos fiscales a través de billetes de depósito del Banco del Bienestar, el pago de los créditos fiscales se volverá más recurrente, así como en materia de impuesto al valor agregado a diversas maquiladoras.
Por todo lo que hemos comentado, existe una gran incertidumbre para los contribuyentes, ya que por una parte las autoridades fiscales hablan de transparencia a través de procedimientos de fiscalización dirigidos a las empresas que no dan cumplimiento a sus obligaciones fiscales, auditorías sobre criterios específicos de empresas que llevan a cabo ciertas conductas “de riesgo” que pudieran entrañar un incumplimiento, la garantía de llevar a cabo solo una auditoría por contribuyente, auditorías a través de solicitar la información y/o documentación estrictamente indispensable a través de muestras razonables; pero por otro lado, se advierte aumento en la recaudación por parte de las autoridades fiscales, aumento en la obtención de resoluciones a favor del fisco federal, e incluso se han publicado casos en los que nuestro Máximo Tribunal ha admitido recursos promovidos por parte de la autoridad fiscal, no obstante no involucre temas de constitucionalidad, lo cual sería del todo improcedente y genera una preocupación para todos.
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Karla Ortiz Macías
Licenciada en Derecho por la Universidad Iberoamericana (titulada con Excelencia Académica), cuenta con estudios de posgrado en Derecho Fiscal por la Universidad Panamericana. Complementó su formación con el Diplomado en Impuestos en el ITAM y el Diplomado en Liderazgo Consciente en el ITESM.Actualmente se desempeña como Directora de Asesoría Fiscal en Scotiabank Inverlat. Previamente fue Directora del área de litigio fiscal en una firma líder en materia tributaria, consolidando una trayectoria enfocada en la defensa constitucional y la estrategia fiscal corporativa.Es miembro del Consejo Directivo de la ANADE y ha formado parte de la Barra Mexicana de Abogados y de Abogadas MX. Es autora y coautora de diversas publicaciones especializadas en materia fiscal y contenciosa.


