La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) pueda congelar cuentas bancarias sin orden judicial previa, siempre que existan indicios de lavado de dinero o financiamiento al terrorismo, al considerar que se trata de una medida administrativa y preventiva, no penal .
Desde el Ejecutivo, la decisión se defiende como una herramienta clave para combatir al crimen organizado. La presidenta Claudia Sheinbaum ha señalado que seguir la ruta del dinero permite debilitar estructuras delictivas. En la misma línea, el titular de la UIF, Omar Reyes Colmenares, afirmó que ninguna persona o empresa con actividades lícitas debe preocuparse, ya que el bloqueo no implica culpabilidad, sino prevención basada en análisis financieros.
El fallo también elimina restricciones previas, permitiendo a la UIF actuar con base en información nacional, sin depender de solicitudes extranjeras, lo que amplía su margen operativo .
Sin embargo, la resolución ha generado inquietudes. Legisladores y especialistas advierten que la ausencia de control judicial previo podría afectar principios como la presunción de inocencia y la seguridad jurídica. Durante la discusión, incluso dentro de la Corte se planteó que, en los hechos, el congelamiento puede tener efectos similares a una sanción penal.
Aunque existen mecanismos de defensa —como la audiencia ante la UIF y el juicio de amparo— estos operan después del bloqueo, lo que puede generar impactos inmediatos en personas o empresas.
Así, la decisión refleja un dilema de fondo: fortalecer la capacidad del Estado para combatir delitos financieros sin debilitar las garantías individuales. Su legitimidad dependerá de cómo se aplique en la práctica.

